El incremento de la demanda de programas de cumplimiento

El pasado 28 de junio de 2016, la edición impresa del diario El País publicó una entrevista con nuestro Director que, por su interés, reproducimos aquí íntegramente:
“Un compliance program efectivo puede excluir la responsabilidad penal de las personas jurídicas y como mínimo la atenúa”

J. A. Díaz – Litigación Penal es un despacho de abogados especializado en el mundo del derecho penal y penal económico. Al frente del bufete se encuentra Juan Alberto Díaz, un letrado con gran experiencia en la materia y que compagina su labor profesional con su actividad docente como profesor en la Universidad Autónoma de Madrid. Hablamos con él para que nos explique la importancia del compliance penal para las empresas.

¿Qué servicios ofrece Litigación Penal?

Nuestro despacho está especializado en el ámbito penal y penal económico, lo que incluye especialmente la asistencia procesal, tanto en defensa como en labores de acusación. Nos dirigimos fundamentalmente al ámbito corporativo, aunque también llevamos asuntos para personas físicas.

¿Qué elementos diferencian a la firma de otros despachos penalistas?

Creo que hay varios aspectos que nos definen muy bien, pero destacaría dos de ellos. El primero es que ofrecemos a los clientes un trato directo, flexible y adaptado a sus necesidades, un derecho, si me permite la expresión, artesanal. El segundo gran aspecto que nos marca es el perfil de nuestro bufete, que combina la labor profesional con la académica y nos confiere un elevado nivel técnico.

¿Qué supuso para las empresas la llegada de la responsabilidad penal para las personas jurídicas?

La reforma del Código Penal del año 2010 hizo pensar a muchos despachos de abogados que se abría un nuevo panorama a la hora de ofrecer el servicio de confección de programas de prevención de delitos para las empresas, pero lo cierto es que la demanda entonces no fue tan considerable como algunos preveían. Sin embargo, tanto la reforma de 2015 como las recientes sentencias del Tribunal Supremo han hecho que las empresas sí vean ahora necesario contar con un programa de este tipo.

¿Qué ventajas aporta para las empresas disponer de un programa de compliance penal?

Varias. En primer lugar, lo que seguramente atrae más a las empresas es que tener un compliance program efectivo puede excluir la responsabilidad penal de las personas jurídicas y como mínimo la atenúa. Sin embargo, hay más beneficios, comenzando con el hecho que un plan de este tipo ayuda a las organizaciones a prevenir posibles conductas delictivas de las personas que las componen, desde directivos a empleados. En cualquier caso, no basta con tener un programa de compliance, sino que hay que ir más allá.

¿A qué se refiere?

A que el programa en sí no es más que un documento si no se lleva a cabo un seguimiento estricto de lo que marca, y ahí es donde entra en juego la figura del compliance officer, el encargado de velar por su cumplimiento. Hay dudas de si debe formar parte de la persona jurídica o si, por el contrario, debe ser alguien externo, pero lo que es indispensable es que exista. Incluso hay dudas sobre la metodología del programa, pero parece recomendable que se rija por las directrices que marca la norma ISO 19600:2015 sobre sistemas de gestión de compliance.

¿Qué consecuencias puede tener una condena penal a una persona jurídica?

En primer lugar, una responsabilidad penal en forma de multa u otra sanción estatal. No hay que olvidar que dependiendo de la gravedad del delito puede sufrir un cese de actividad e incluso lo que se conoce como ‘pena de muerte empresarial’, es decir, una disolución. También, una responsabilidad civil directa, es decir, económica, una indemnización a la posible víctima. Además, existe una tercera consecuencia que es la reputacional, que puede causar daño a la empresa desde el momento en que es investigada.

¿Qué ofrece Litigación Penal en materia de compliance?

Un servicio personalizado al máximo que se inicia con el estudio de cada caso para elaborar lo que se conoce como mapa de riesgos, algo fundamental para evaluar dónde pueden cometerse a priori delitos en el seno de una persona jurídica. A partir de ese análisis, redactamos el programa de compliance y lo actualizamos cada cierto tiempo para que esté al día de las novedades legislativas que puedan afectar a los clientes, porque un compliance program se redacta una vez, pero debe ponerse al día periódicamente.

Si continuas utilizando este sitio, aceptas el uso de las cookies. Más información

Las opciones de cookie en este sitio web están configuradas para "permitir cookies" para ofrecerte una mejor experiéncia de navegación. Si sigues utilizando este sitio web sin cambiar tus opciones o haces clic en "Aceptar" estarás consintiendo las cookies de este sitio.

Cerrar