En los últimos tiempos, el Derecho penal, apriorística ultima ratio del Ius Puniendi estatal, ha ido invadiendo parcelas que tradicionalmente reservadas al Derecho administrativo o incluso al civil. Resulta ya por lo tanto habitual asumir que ante cualquier reforma de nuestro Código Penal, nos encontremos indefectiblemente ante incrementos de penas y ampliación de las conductas jurídico-penalmente relevantes. De un lado, esto acontece fruto del llamado populismo punitivo alentado por algunos medios de comunicación, de otro por las supuestas exigencias (que muchas veces no son tales) del Legislador comunitario. En este contexto, la reciente LO 1/2019, aunque con carácter general siga la mentada línea punitivista, ha destipificado penalmente algunas conductas de fraude a la Unión Europea, lo cual supone ciertamente una novedad destacable. Sobre ella me pronuncio en la revista Legal Today.