El establecimiento de un plazo máximo para la instrucción penal parecería indicar que el Legislador pretende evitar que se eternice esta fase del procedimiento y, con ello, salvaguardar el derecho a que el proceso penal se tramite en un plazo razonable, reconocido por el CEDH. Sin embargo, ese plazo máximo no comenzará a correr mientras la instrucción se encuentre bajo secreto de sumario. Y son estas instrucciones secretas las que, conforme a nuestra práctica forense, suelen eternizarse con mayor frecuencia. Sobre este problema se pronuncia un reciente artículo publicado en la revista Legal Today